Condena al Estado jujeño: ordenan pagar 100 millones por muerte de policía

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Un pronunciamiento judicial de gran trascendencia ha generado un impacto significativo en la administración provincial, exponiendo las deficiencias en materia de seguridad laboral que enfrentan los miembros de la fuerza policial.

La Sala II del Tribunal del Trabajo emitió una sentencia que favorece a los familiares de Mayra Tolaba, la joven agente de la Policía de Jujuy que perdió la vida en un grave accidente de tránsito. Mediante esta resolución, la provincia ha sido condenada al pago de una indemnización equivalente a cien millones de pesos, estableciendo un hito importante en la protección de los derechos laborales en el sector público.

El proceso judicial, identificado como “Tolaba, Abdón y Valdez, Ana c/ Estado Provincial – Policía de la Provincia de Jujuy”, representa una victoria significativa para la defensa legal encabezada por el abogado Carlos Sebastián Espada. Esta decisión logró desmontar la estrategia defensiva del Poder Ejecutivo, que pretendía argumentar que el siniestro carecía de vinculación con las funciones desempeñadas por la agente e incluso intentaba responsabilizar a la víctima de lo ocurrido.

La notificación de la sentencia se realizó el dieciocho de junio del presente año. Aunque la resolución aún no ha adquirido carácter definitivo, ha conseguido refutar de manera contundente la posición oficial respecto de los hechos que rodearon la muerte de la agente policial.

Los antecedentes del caso revelan las carencias estructurales que padecen los uniformados en las zonas del interior provincial. El acontecimiento se produjo durante las primeras horas de la madrugada del cuatro de noviembre del año dos mil veintidós. Mayra Tolaba había sido asignada para cumplir un turno adicional de trabajo en la localidad de Santa Clara. Tras completar sus obligaciones laborales durante la madrugada, la joven se enfrentó a la ausencia total de servicios de transporte público disponibles a esa hora, circunstancia que la obligó a organizar su regreso hacia su domicilio en La Mendieta mediante distintos medios de desplazamiento.

Conforme a la reconstrucción de los hechos realizada durante el proceso, un vehículo de la policía la trasladó en una primera etapa hasta las proximidades del puente San Pedro. Desde ese punto, ante la carencia de opciones viables, prosiguió su trayecto a bordo de una motocicleta conducida por su primo. Mientras circulaba por la Ruta provincial número cincuenta y seis, el vehículo de dos ruedas sufrió un derrape que ocasionó que la agente sufriera lesiones de extrema gravedad. Luego de permanecer internada en condiciones críticas en la unidad de cuidados intensivos, Mayra Tolaba falleció como consecuencia de la magnitud de las heridas recibidas.

Los magistrados integrantes del tribunal determinaron que la utilización de diferentes medios de transporte no interrumpía el vínculo de protección establecido por la normativa laboral, sino que constituía una consecuencia inevitable de haber quedado sin recursos de movilidad por razones directamente vinculadas con sus obligaciones laborales. El fallo subraya con énfasis que la administración estatal no puede eludir su responsabilidad respecto de la integridad física de su personal una vez finalizado el horario de trabajo, especialmente cuando las limitaciones en la infraestructura logística exponen a los efectivos a situaciones de riesgo grave en las vías de circulación para poder regresar a sus residencias. Esta sentencia representa, más allá del impacto económico que genera, una reivindicación de carácter moral para la familia que debió transitar años de silencio institucional y cuestionamientos injustos.