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La prescripción de causa por lesiones y odio de género deja sin juicio a dos imputados

La prescripción de causa por lesiones y odio de género en Jujuy dejó sin juicio a dos imputados por un error de la fiscalía. El tercer acusado irá a

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Redacción
1 de septiembre, 2026 · 16:03 · 2 min de lectura
La prescripción de causa por lesiones y odio de género deja sin juicio a dos imputados

Un error en el cálculo de los plazos procesales por parte del Ministerio Público de la Acusación (MPA) terminó con el sobreseimiento de dos hombres que estaban imputados por un ataque grupal contra una persona por su orientación sexual. La decisión fue tomada por un Juez de Control, quien declaró extinguida la acción penal. El tercer acusado, en tanto, no irá a juicio oral y su caso fue derivado a una instancia de mediación.

El hecho ocurrió durante una audiencia de control de acusación en la capital jujeña. La Justicia determinó que la fiscalía presentó el requerimiento de elevación a juicio con una demora de 12 días, lo que provocó la prescripción de la causa. El delito investigado era lesiones leves agravadas por odio a la orientación sexual y por la participación de dos o más personas.

La investigación comenzó el 14 de junio de 2024, cuando dos de los acusados fueron imputados formalmente. Como la pena máxima prevista para este delito es de dos años de prisión, el plazo para presentar la acusación vencía el 14 de junio de 2026. Sin embargo, el escrito recién fue firmado y notificado el 26 de junio de ese año.

En la audiencia, la defensa de los imputados detectó el vacío de 12 días y presentó una excepción de previo y especial pronunciamiento. Tanto la fiscalía como la querella reconocieron el error. “La notificación del control de acusación no revive los actos procesales ya vencidos”, argumentó la defensa.

El Juez de Control Rodolfo Fernández avaló el planteo y recordó que el proceso penal no puede quedar sujeto de manera indefinida por la inactividad del Estado. El magistrado citó el artículo 18 de la Constitución Nacional, que consagra el estado de inocencia, y explicó que la prescripción es una sanción legal para los órganos de persecución penal cuando no cumplen con el principio del plazo razonable. Tras el fallo, se ordenó limpiar los antecedentes de los dos hombres sobreseídos.

El tercer imputado, que fue formalmente acusado en agosto de 2024, tuvo una situación distinta: la acusación en su contra llegó a tiempo. No obstante, al quedar como único procesado y no tener antecedentes penales, se consideró inviable realizar un debate oral. Con el acuerdo de la fiscalía y la querella, que priorizó la reparación del daño a la víctima, el juez derivó el caso al Departamento de Resolución Alternativa de Conflictos (RAC) para una mediación.

El desenlace deja una denuncia con componentes de discriminación y odio de género sin resolución judicial, no por falta de pruebas, sino por el vencimiento de los plazos legales.

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