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Procesaron a siete iraníes y un libanés por el atentado a la AMIA

El juez Daniel Rafecas procesó a siete iraníes y un libanés por el atentado a la AMIA de 1994, en el marco del juicio en ausencia.

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Redacción
21 de septiembre, 2026 · 20:01 · 3 min de lectura
Procesaron a siete iraníes y un libanés por el atentado a la AMIA

La causa por el atentado a la AMIA sumó un nuevo avance en la Justicia argentina. El juez federal Daniel Rafecas dispuso el procesamiento de siete ciudadanos de nacionalidad iraní y de un libanés, a quienes se les imputa una presunta intervención en la organización y el desarrollo del ataque terrorista del 18 de julio de 1994, que provocó 85 fallecidos y 151 heridos.

El fallo, de 648 páginas, se dictó bajo el nuevo régimen de juicio en ausencia. Ese mecanismo habilita a seguir adelante con el proceso contra acusados declarados rebeldes que se encuentran fuera del país y que no se presentan ante la Justicia argentina. Asimismo, se fijó un embargo de USD 500 millones para cada uno de los imputados.

Qué determinó la Justicia sobre el atentado a la AMIA

De acuerdo con la resolución de Rafecas, sustentada en las pruebas recolectadas por la UFI AMIA, la planificación del ataque se inició en agosto de 1993. El fallo afirma que miembros de la cúpula iraní resolvieron llevar a cabo el atentado y que la etapa operativa quedó a cargo de Hezbollah, organización libanesa que habría armado una estructura de respaldo regional con vínculos en la zona de la Triple Frontera.

La Justicia también reconstruyó los días anteriores al ataque. Según la investigación, el grupo operativo compró una Renault Trafic el 10 de julio de 1994 y, cinco días después, el rodado ya habría sido preparado con unos 300 kilos de amonal y TNT. La camioneta fue dejada luego cerca de la sede de la mutual y usada durante el ataque del 18 de julio.

AMIA: procesados

Rafecas procesó como autores mediatos a cuatro exfuncionarios iraníes:

  • Alí Fallahijan, exministro de Inteligencia.
  • Alí Velayati, exministro de Relaciones Exteriores.
  • Mohsen Rezai, excomandante de la Guardia Revolucionaria.
  • Ahmad Vahidi, exjefe de la Fuerza Al Quds.

También fueron procesados como cómplices necesarios Hadi Soleimanpour, exembajador iraní en Argentina; Mohsen Rabbani, exconsejero cultural de la embajada iraní; y Ahmad Asghari, señalado como agente de inteligencia.

El octavo procesado es Salman Raouf Salman, ciudadano libanés vinculado a Hezbollah, a quien el fallo le atribuye la coordinación operativa de la fase final del atentado en Buenos Aires.

En cambio, el juez dictó la falta de mérito para Abdallah Salman y Hussein Mouzannar.

Qué es el juicio en ausencia

El avance fue posible por la aplicación de la Ley 27.784, sancionada en 2025, que incorporó el juicio en ausencia al sistema procesal argentino. La normativa permite avanzar cuando un acusado conoce la existencia del proceso, fue declarado rebelde y, pese a las órdenes de captura y pedidos de extradición, no comparece ante los tribunales argentinos. La ley establece además que debe contar con defensa técnica durante todo el proceso.

La UFI AMIA había solicitado expresamente utilizar este mecanismo para avanzar contra los acusados que llevan décadas prófugos y con pedidos de captura internacional.

Qué puede pasar ahora

La resolución puede ser apelada por la defensa oficial. Si los tribunales superiores confirman los procesamientos, la causa podrá avanzar hacia una eventual elevación a juicio oral y público, con intervención de la fiscalía, las querellas y la defensa. Además, Rafecas dio intervención a la Corte Suprema de Justicia para que analice si corresponde vincular este expediente con la investigación por el atentado contra la Embajada de Israel de 1992. En paralelo, la Cámara Federal de Casación Penal todavía debe resolver planteos sobre la constitucionalidad del juicio en ausencia.

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