La Justicia revisará la cautelar por el financiamiento universitario
La Cámara habilitó un recurso del Gobierno para revisar la cautelar por el financiamiento universitario, sin dejarla sin efecto ni definir su cumplimiento.
La Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal hizo lugar a un recurso del Gobierno nacional y habilitó la revisión de la decisión judicial que ordena mantener la ejecución de una medida cautelar sobre los salarios universitarios y las becas estudiantiles. La medida se inscribe en la disputa por el financiamiento universitario.
Según se aclaró, el fallo no deja sin efecto la cautelar ni determina que el Estado haya cumplido con sus obligaciones. Lo que permite es que el Ejecutivo cuestione la continuidad de esa medida.
La resolución de la Cámara se dio tras una presentación del Ministerio de Capital Humano y la Secretaría de Educación, con intervención de la Procuración del Tesoro, después de que el juez federal Martín Cormick rechazara una apelación del Gobierno.
El conflicto se remonta al 9 de octubre, cuando el magistrado dispuso seguir con el procedimiento para garantizar el cumplimiento de la cautelar, mientras la causa principal avanzaba hacia una instancia superior. El Ejecutivo apeló esa decisión, pero el recurso fue rechazado el 14 de octubre. Frente a ello presentó una queja que la Cámara finalmente aceptó. Los jueces sostuvieron que impedir la revisión podía generar un perjuicio irreparable al Estado, aunque aclararon que la resolución no implica pronunciarse sobre el cumplimiento de la medida cautelar.
En su presentación judicial, el Gobierno afirmó que ya había cumplido íntegramente con las obligaciones fijadas por la cautelar. Además, argumentó que la medida tenía un plazo determinado y que, según su interpretación, ese período ya había concluido, por lo que cuestionó que se mantuviera abierto el procedimiento para exigir su cumplimiento. También señaló la posibilidad de aplicar sanciones económicas, pese a que el Estado considera que no existe una liquidación concreta de los montos reclamados. Con la nueva resolución, estos argumentos podrán ser analizados en el marco de la apelación correspondiente.





