La vacuna hexavalente obligatoria se suma al Calendario Nacional desde 2028
La vacuna hexavalente obligatoria se incorpora al Calendario Nacional desde 2028 para bebés nacidos desde el 1 de enero, con esquema de tres dosis y
El Ministerio de Salud de la Nación dispuso la inclusión de la vacuna hexavalente acelular en el Calendario Nacional de Vacunación. Se trata de una iniciativa orientada a simplificar la inmunización de los más chicos y a ampliar la defensa frente a seis enfermedades. Según lo establecido, la vacuna hexavalente obligatoria empezará a aplicarse en 2028, sin costo para la población.
La Resolución 1567/2026 fija que la medida abarcará a los bebés que nazcan desde el 1° de enero de 2028. En una única aplicación, la fórmula reúne protección contra difteria, tétanos, tos convulsa o coqueluche, hepatitis B, poliomielitis e infecciones invasivas por Haemophilus influenzae tipo b.
Cómo se aplicará la nueva vacuna
Con el esquema modificado, los recién nacidos deberán recibir tres dosis a los 2, 4 y 6 meses de vida, más una dosis de refuerzo cuando tengan entre 15 y 18 meses.
Hasta ahora, el calendario indica la aplicación por separado de la vacuna pentavalente y de la antipoliomielítica inactivada (IPV). La nueva formulación unifica ambas protecciones en una sola inyección, lo que reduce la cantidad de pinchazos en los primeros meses de vida.
Asimismo, los niños que completen el nuevo esquema quedarán eximidos del refuerzo contra la poliomielitis que hoy se prevé a los 5 años, porque esa protección ya estará contenida en la dosis aplicada entre los 15 y los 18 meses.
Qué ocurre con los chicos que ya siguen el esquema actual
La llegada de la hexavalente no alterará la vacunación de quienes nacieron antes de 2028. Los bebés que hayan nacido hasta el 31 de diciembre de 2027 inclusive tendrán que continuar y completar las dosis que les correspondan según su edad con la pentavalente y la IPV, conforme a las indicaciones vigentes.
La dosis neonatal contra la hepatitis B, en tanto, seguirá administrándose al momento del nacimiento, igual que el resto de las vacunas incluidas en el Calendario Nacional.
Los motivos de la decisión
La Comisión Nacional de Inmunizaciones (CoNaIn) fue la encargada de recomendar la medida, tras analizar la evidencia científica disponible, las experiencias de otros países, las coberturas de vacunación y los registros de eventos supuestamente atribuibles a la vacunación durante 2025.
Entre los objetivos centrales figuran la reducción de la cantidad de inyecciones, un mejor cumplimiento de los esquemas y menos oportunidades perdidas de vacunación. A esto se suma que la formulación acelular contra la tos convulsa suele generar menos reacciones adversas que las vacunas con componentes de células enteras.
Para poner en marcha la medida será necesario elaborar lineamientos técnicos que guíen a los equipos de salud, sobre todo ante esquemas incompletos o situaciones particulares. La vacuna será gratuita y obligatoria en todo el territorio argentino, en el marco de una actualización del Calendario Nacional pensada para reforzar la prevención y facilitar la inmunización durante la primera infancia. Para más información sobre salud, consultá nuestra sección de noticias de salud.





