Tras la ruptura de negociaciones entre trabajadores y empresarios, el Ejecutivo Nacional intervino para establecer los nuevos valores remunerativos que regirán en el país durante los próximos meses. La Resolución 9/2025, publicada en el Boletín Oficial este miércoles, contiene los ajustes que afectarán directamente a millones de argentinos que dependen de sus ingresos laborales.
La decisión proviene del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, cuya presidenta alterna, Claudia Silvana Testa, firmó la normativa. El organismo se vio obligado a actuar cuando los representantes de sindicatos y patrones no consiguieron ponerse de acuerdo en la sesión del 26 de noviembre, donde cada sector presentó sus propias propuestas sin lograr consenso alguno.
Conforme a la legislación laboral vigente, cuando las partes no alcanzan un entendimiento, corresponde al Gobierno Nacional determinar unilateralmente los montos. Este procedimiento se ha repetido constantemente desde que Javier Milei asumió la presidencia. A partir del 1° de noviembre, los trabajadores mensualizados percibirán $328.400, mientras que quienes laboran por horas cobrarán $1.642 la hora, superando los valores que regían desde agosto ($322.200 y $1.610 respectivamente).
Los incrementos continuarán de forma gradual durante los próximos nueve meses. Diciembre traerá $334.800; enero de 2026 llegará a $341.000; febrero alcanzará $346.800; marzo se fijará en $352.400; abril en $357.800; mayo en $363.000; junio en $367.800; julio en $372.400; y finalmente agosto cerrará con $376.600. Para los trabajadores jornalizados, la tarifa horaria ascenderá progresivamente hasta $1.883 en agosto de 2026.
La medida abarca a todos los empleados bajo el Régimen de Contrato de Trabajo, el sector agrario, la administración estatal y organismos públicos nacionales. Quedan excluidos los trabajadores con contratos parciales y menores de edad, quienes recibirán el mínimo prorrateado según sus horas efectivas. Simultáneamente, se mantiene la fórmula de prestaciones por desempleo vigente desde septiembre de 2023, calculada como el 75% del mejor salario mensual de los seis meses previos al despido, con un piso del 50% y un techo del 100% del salario mínimo.
Desde distintos sectores del movimiento social y sindical, organizaciones como la UTEP, ambas CTA, Territorios en Lucha y el Frente Barrial expresaron su disconformidad. Estos grupos sostenían que el salario mínimo debería equipararse a la Canasta Básica Total, que actualmente ronda los $1.276.649 para una familia tipo, cifra muy superior a lo establecido por el Gobierno en esta resolución.



