A través de un procedimiento de juicio abreviado, Ricardo Martín Cruz asumió su responsabilidad en los hechos que causaron la muerte de Matías Benjamín Puca. El tribunal lo condenó a cumplir una pena de tres años de prisión de ejecución condicional, conforme al acuerdo alcanzado entre el Ministerio Público de la Acusación, la defensa técnica y la querella que representaba a Natalia Fabiola Zerpa, madre de la víctima.
La investigación fue dirigida por el fiscal Aldo Lozano, titular de la Fiscalía Especializada en Delitos contra la Propiedad e Integridad de las Personas. Durante la audiencia, Ricardo Martín Cruz fue hallado responsable del delito de homicidio imprudente por conducción antirreglamentaria de vehículo automotor agravado por la fuga del lugar de los hechos. Adicionalmente, se estableció una reparación económica a favor de los familiares de la víctima.
Además de la condena de Ricardo Martín Cruz, el condenado deberá cumplir con estrictas reglas de conducta durante el período de tres años. Entre estas obligaciones se encuentran la prohibición de abandonar el país sin autorización de la autoridad judicial, la presentación periódica ante la Oficina de Control y Probation del Ministerio Público de la Acusación, la abstención del consumo excesivo de bebidas alcohólicas y sustancias estupefacientes, y la prohibición de realizar cualquier acto que perturbe, hostigue o afecte a Natalia Fabiola Zerpa y su familia. Asimismo, se le impuso la prohibición absoluta de conducir vehículos de cualquier tipo durante cinco años.
Ricardo Martín Cruz ya había cumplido dos años y nueve meses de prisión preventiva en el penal de Gorriti. El tribunal dejó establecido expresamente que el incumplimiento de cualquiera de las condiciones fijadas podrá dar lugar a la revocación de la condicionalidad de la pena y a su cumplimiento efectivo en un establecimiento penitenciario.
Durante la audiencia, el condenado formuló un pedido de disculpas a la madre de la víctima. La conformidad de la querella resultó fundamental para la concreción del acuerdo presentado por las partes. El tribunal, integrado por los jueces Alejandro Gloss, Elia Luciano Yapura y Ernesto Kamada, homologó por unanimidad el acuerdo presentado.
Los hechos ocurrieron el diecisiete de septiembre del año dos mil diecisiete, cuando Matías Benjamín Puca caminaba junto a otros estudiantes por la avenida Fascio, en dirección al RIM 20, donde se alojaban alumnos que participaban de la Fiesta Nacional de los Estudiantes. En esas circunstancias, Ricardo Martín Cruz subió con su vehículo a la vereda, embistió a Matías Puca y a una compañera, y continuó su marcha sin prestar asistencia a los afectados. A raíz de las graves lesiones sufridas, el joven falleció dos días después. La investigación permitió identificar el vehículo involucrado mediante el análisis de cámaras de seguridad públicas y privadas, lo que derivó en la imputación y posterior condena del responsable.


