El máximo tribunal de la República Argentina puso fin a una de las causas más graves que ha enfrentado el sistema judicial jujeño. Mediante una decisión unánime, la Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó el planteo presentado por los abogados defensores del sacerdote Ricardo Oscar Quiroga, conocido públicamente como el Padre Cocó, dejando así firme y ejecutoria la sentencia que lo condena a cumplir quince años de prisión efectiva.
El fallo fue suscrito por los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, quienes declararon inadmisible el recurso de queja que la defensa había interpuesto. Con esta resolución, se agotaron todas las instancias de apelación disponibles en el ordenamiento jurídico argentino, y la sentencia adquirió el carácter definitivo de cosa juzgada. La aplicación del artículo 280 del Código Procesal Penal cerró definitivamente la última estrategia legal del religioso.
Los hechos delictivos que originaron esta causa penal ocurrieron durante el mes de octubre del año 2020 en la localidad de El Carmen. Conforme a lo que logró demostrar el Ministerio Público de la Acusación en el transcurso del debate oral y público, la coimputada María Cielo Regazzoni trasladó mediante engaños a una menor de diez años de edad hasta una vivienda que funcionaba como parroquia en el centro de la ciudad carmense. Una vez en el lugar, la niña fue entregada al sacerdote Quiroga, quien la agredió físicamente y cometió en su contra un abuso sexual con acceso carnal.
La investigación judicial pudo acreditar un plan de encubrimiento posterior que resulta escalofriante. Regazzoni llevó a la víctima a su domicilio, la bañó y expresó su intención de quemar la ropa interior de la menor porque presentaba manchas de sangre. Al día siguiente, ambas regresaron al sitio donde ocurrieron los hechos, y en esa oportunidad el sacerdote entregó a la mujer la cantidad de mil pesos en efectivo junto con un manuscrito dirigido a la niña. En ese documento, de manera aberrante, le ofrecía mil quinientos pesos para concertar un nuevo encuentro. La menor logró romper el silencio varios días después, cuando le relató el calvario vivido a su progenitora.
El Padre Cocó se convirtió en un caso sin precedentes en la historia judicial de la provincia de Jujuy, al ser el primer sacerdote detenido en territorio jujeño por delitos de naturaleza sexual. El juicio oral se desarrolló durante el año 2024, y el tribunal competente lo declaró culpable bajo la acusación de abuso sexual con acceso carnal doblemente calificado por haber sido cometido por dos personas y por ser el autor miembro de un culto religioso. En el mismo pronunciamiento, María Cielo Regazzoni fue condenada a diez años de cárcel como partícipe secundaria del delito, mientras que un tercer implicado en la causa fue absuelto al amparo del beneficio de la duda.
Con esta histórica decisión de la Corte Suprema de la Nación, la condena del Padre Cocó quedó firme e inapelable, agotándose todas las vías recursivas disponibles en el sistema legal argentino. La sentencia adquirió así carácter de cosa juzgada, lo que significa que no podrá ser revisada ni modificada por ninguna otra instancia judicial. Este fallo representa un hito importante en la jurisprudencia provincial respecto de los delitos sexuales cometidos por miembros del clero.
La causa ha generado un profundo impacto en la sociedad jujeña, no solo por la gravedad de los hechos investigados, sino también por las implicancias que tiene para la institución eclesiástica. El caso del Padre Cocó ha puesto en evidencia la necesidad de fortalecer los mecanismos de protección de menores y de garantizar que ninguna persona, independientemente de su posición social o religiosa, quede exenta de la acción de la justicia. Con esta sentencia definitiva, se cierra un capítulo doloroso en la historia judicial de Jujuy, pero se abre la puerta a una reflexión profunda sobre la responsabilidad institucional y la protección de los derechos de los menores.


