Senado dio media sanción a beneficios fiscales a inversiones desde USD 12 millones
El Senado aprobó con 60 votos el régimen de beneficios fiscales a inversiones desde USD 12 millones; ahora el proyecto pasa a Diputados para convertirse en
Con 60 votos a favor y solo dos en contra, la Cámara alta del Congreso nacional otorgó este jueves 29 de octubre media sanción al proyecto que instaura el Régimen de Incentivo para Inversiones Relevantes (RIIR). Se trata de una iniciativa que prevé beneficios fiscales a inversiones productivas por un monto mínimo de 12 millones de dólares dentro del territorio argentino. La norma pasó ahora a la Cámara de Diputados, donde deberá ser tratada para quedar convertida en ley.
La autoría del proyecto corresponde a Eduardo Vischi, quien preside el bloque de la Unión Cívica Radical (UCR) en el Senado. La propuesta sumó el respaldo del oficialismo y de otras fuerzas parlamentarias. Los únicos sufragios negativos provinieron de los senadores por Santa Cruz Natalia Gadano y José María Carambia.
Qué incentivos contempla la iniciativa
El objetivo del régimen es fomentar emprendimientos productivos a través de instrumentos tributarios que disminuyan los costos de inversión. Dos ejes centrales son la amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias y la devolución anticipada de créditos fiscales del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Con la amortización acelerada, las compañías pueden deducir fiscalmente lo invertido en un plazo menor al habitual; la devolución anticipada del IVA, en tanto, apunta a que recuperen antes los fondos volcados a nuevos proyectos. El esquema abarca inversiones efectuadas en los dos primeros años de vigencia de la futura ley y prevé estabilidad tributaria por tres décadas.
Requisitos y actividades alcanzadas
Podrán acceder las empresas cuyas inversiones productivas sean iguales o superiores a USD 12 millones y que reúnan las condiciones fijadas en el texto. Entre las actividades incluidas figuran la compra, fabricación o importación de maquinaria nueva, obras industriales, sistemas de riego, equipos de eficiencia energética y mallas antigranizo para el agro. También se contemplan ciertas inversiones en pesca, producción forestal, industrialización de la madera y la incorporación de bienes para actividades productivas.
Quedan fuera, en cambio, los automóviles, los activos financieros, las inversiones de cartera y los bienes de cambio.
Compromiso con proveedores locales
Durante el tratamiento legislativo se agregó la obligación de prever la contratación de proveedores nacionales. Según esa modificación, los proyectos deberán asumir un compromiso de compra local equivalente, como mínimo, al 20% de la inversión destinada a proveedores de bienes transables, siempre que haya oferta argentina disponible en condiciones de mercado. La incorporación fue impulsada por Maximiliano Abad, Martín Goerling y Carlos Espínola, con la finalidad de ligar los incentivos impositivos a la participación de firmas argentinas.
Al defender la propuesta, Vischi afirmó: “Esto no es un privilegio tributario, sino una herramienta para movilizar el capital productivo a través de proveedores”.
Los pasos que restan
La media sanción no habilita todavía los beneficios. El texto debe ser debatido y aprobado por Diputados y, si se transforma en ley, las empresas interesadas deberán presentar sus planes de inversión y cumplir los requisitos para acceder a los incentivos. En el debate surgieron cuestionamientos de legisladores opositores sobre el impacto fiscal y la convivencia con otros regímenes de promoción. La iniciativa pretende complementar los mecanismos existentes para proyectos de distintas escalas, sobre todo aquellos que no llegan a los montos que exige el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI).
Más información sobre el tratamiento legislativo en política y sobre el impacto en la actividad productiva en economía.





